lunes, 16 de junio de 2014

Magistrado presidente Eugenio Chicas se pronuncia sobre Sentencia de la Sala de lo Constitucional de la CSJ



En conferencia de prensa brindada la tarde de este 16 de junio el magistrado presidente del TSE Eugenio Chicas dio su opinión acerca del significado de la Sentencia emitida por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en relación a su nombramiento.

El magistrado presidente se refirió a los últimos 10 años de desarrollo de institucionalidad en el Tribunal Supremo Electoral “hoy contamos con una institución muy sólida con reconocimiento en la región, muy bien calificada en su desempeño técnico, administrativo,  jurisdiccional y en la agilidad con que se transmiten los resultados”, argumentó.

Dijo no compartir los criterios jurídicos y las motivaciones que pueden haber tenido los magistrados para emitir la sentencia. “Sin embargo pese a no compartir esos criterios jurídicos, estoy firmemente convencido que todas las sentencias judiciales se cumplen y esta no será la excepción, no debe estar en duda el fiel cumplimiento y mantengo el criterio jurídico de que todas las sentencias son de obligatorio cumplimiento”, ratificó Chicas.

El magistrado dijo que la Sentencia viene a reformar el artículo 208 de la Constitución el cual establece la configuración del TSE, y es un tema delicado porque no corresponde a la Sala de lo Constitucional reformar la constitución. El artículo 208 establece la conformación del TSE y quiénes integran el colegiado.

Para el magistrado, la sentencia invisibiliza el cumplimiento del artículo 268 de la Constitución, que establece las fuentes utilizadas para interpretar la norma, en cuanto a que es necesario tener a la vista los documentos, grabaciones, los debates que el constituyente desarrolló en 1983, para configurar la Constitución, “es tan extrema la resolución que prácticamente induce a que el constituyente se equivocó”, señaló Chicas.  

Criticó el hecho de que la Sala no tomó en cuenta e hizo a un lado el documento presentado en su momento, en cuyo escrito el magistrado planteó la necesidad de hacer un análisis histórico al interpretar la Constitución, refiriendo a lo establecido en los Acuerdos de Paz.

También señaló que la Sentencia no  justifica el cambio de jurisprudencia, el cambio de criterio jurídico, ya que la misma Sala en sentencia 7-2011 se refiere a la integración del TSE que es político partidista y ahora hay un cambio de criterio y no lo justifica.

Sobre la vinculación política partidaria a que refiere la Sentencia, Chicas mostró su preocupación en el sentido que es una interpretación extrema y riesgosa. “Mi preocupación va en el sentido que por la aplicación de la sentencia los magistrados podrían convertirse en sensores, en inquisidores que vigilan y amenazan con la hoguera a cualquiera que participe políticamente”.

“En lo personal no me avergüenzo y me siento orgulloso de mi militancia partidista y considero que es esa militancia la que me ha permitido contar con principios, con  valores con ética para el cumplimiento de la función pública”, argumento.

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