Como
parte de los preparativos para la elección de Presidente y
Vicepresidente de la República a realizarse 2 de febrero de 2014, la
suspensión de modificación de residencia con fines electorales iniciará este 2 de febrero de 2013.
De
acuerdo al artículo 30 del Código Electoral “la modificación de
residencia se suspenderá un año antes” de la fecha señalada para las
elecciones.
Lo
anterior significa que las personas que hayan realizado cambio de
residencia, deberán actualizar su dirección en su Documento Único de
Identidad (DUI), antes del 2 de febrero de 2013, para que puedan votar
en su nuevo lugar de residencia.
La
ciudadanía que no haga el cambio de dirección en su DUI, antes de la
fecha señalada, estará registrado con la dirección anterior, y por lo
tanto, el lugar de votación será asignado en la dirección que aparece en
el Registro Nacional de las Personas Naturales, que es la base para la
creación del Registro Electoral.
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